ARRENDAMIENTO – ALQUILER

Por el arrendamiento el arrendador se obliga a ceder temporalmente al arrendatario el uso de un bien por cierta renta convenida. Puede dar en arrendamiento el que tenga esta facultad respecto de los bienes que administra.

Requisitos para Elaborar un Arrendamiento – Alquiler por Escritura Pública

  1. Copia de los DNIs de los contratantes con la respectiva constancia de sufragio de los intervinientes.
  2. Minuta firmada por las partes y autorizada por abogado
  3. Copia de la Partida Registral del Inmueble actualizada o Certificado Registral Inmobiliario (CRI) actualizado del inmueble materia de arrendamiento
  4. En caso actuar a través de apoderado o representante de una persona jurídica o persona natural: Vigencia de Poder expedido por SUNARP actualizada a la fecha.
  5. Consignar Cuenta Bancaria a nombre del Arrendador o propietario del bien (especificar Banco, Moneda, Nº CCI y titular) para que el Arrendatario abone la renta convenida).
  6. Cláusula de Allanamiento a Futuro, del Arrendatario: Declara que se allana a la Solicitud de Restitución del Inmueble por Vencimiento del plazo de contrato o la Resolución del arrendamiento por Falta de Pago de la Renta de 2 meses y 15 días.
  7. Cláusula de Sometimiento Expreso a Desalojo Notarial, para que el Notario constate las razones de Vencimiento del contrato o la Resolución por adeudar la renta de dos 2 meses y quince días.; y así el Juez de Paz Letrado ordene y ejecute el desalojo y lanzamiento.
  8. En caso de actuar a través de apoderado o representante de una persona jurídica o persona natural: Vigencia de Poder expedido por SUNARP actualizada a la fecha
  9. Medio de pago bancarizado de la primera renta mensual y de la garantía acordada por las partes, adjuntar copia del mismo.
  10. Proporcionar el solicitante el Archivo digital en Microsoft Word de los documentos redactados y en PDF de los archivos a adjuntar bien nitidos ,  para agilizar la realización del trámite.

Base Legal

  1. Código Civil, Artículo 1666 y siguientes
  2. Ley Nº 30933 – Desalojo Notarial
  3. Ley N° 30201 – Clausula de Allanamiento a Futuro
  4. Articulo 594 del Código Procesal Civil