CONTRATO DE TRANSFERENCIA DE POSESIÓN

Es un contrato por el cual un poseedor legitimo que acredita la posesion inmediata de un bien sea mueble o inmueble, para lo cual debe demostrar con documento de fecha cierta su posesión emitida por una autoridad sea municipal , notarial, policial, fiscal (constataciones) que viene poseyendo un bien , por lo que al estar poseyendo un bien mediante una certificación o constatación emitida por una autoridad, todos estos documentos que acrediten su posesión del bien (autovaluos, recibos de servicios de agua, luz, teléfono, internet, arbitrios, recibos de bancos y conexos) podrán ser transferidos mediante documento público, como es una escritura de transferencia de posesión hacia un nuevo poseedor, para que este pueda acumular plazo posesorio, tal y como lo establece el Artículo 898 del Código Civil . Por lo tanto este contrato de transrerencia de posesión solo sirve para adicionar o acumular plazo posesorio para fines de usucapión o prescripción adquisitiva de dominio, pero no será titulo que acredite ningun mejor derecho a la posesión del bien.

Requisitos para realizar un Contrato de Transferencia de Posesión

  1. Minuta autorizada por abogado y suscrita por ambas partes transferentes o cedentes y los adquirientes o beneficiarios
  2. Copia de los DNIs de los otorgantes con la respectiva constancia de sufragio de los intervinientes.
  3. Documento fehaciente y de fecha cierta que acredite la posesión legitima emitida por autoridad sea municipal , notarial, policial, fiscal (constataciones) que viene poseyendo el bien , por lo que al estar poseyendo un bien mediante una certificación o constatación emitida por una autoridad se podría realizar la transferencia de posesión.
  4. Autovaluos, impuesto predial, recibos de servicios de agua, luz, telefono, internet, arbitrios, recibos de bancos y conexos, que acrediten la conducción y posesión del bien.
  5. Acreditar la bancarización del medio de pago utilizado por la cancelación por la transferencia de posesión en caso de existir precio por la transferencia, para dejar constancia en la escritura pública.
  6. Dos Testigos corroboradores mayores de 25 años ( no familiares) que declaren de manera fehaciente y conozcan que el transferente ha estado poseyendo el bien materia de transferencia de posesión (Copias de los DNIS de los testigos)
  7. Verificación Biométrica de identidad de los solicitantes nacionales.
  8. Verificación de identidad con la base de datos de migraciones para los extranjeros.
  9. Proporcionar el solicitante el Archivo digital en Microsoft Word de los documentos redactados y en PDF de los archivos a adjuntar bien nitidos ,  para agilizar la realización del trámite.

Base Legal

  • Código Civil, Artículo 140, 896, 1352, 1354 y siguientes.
  • Código Civil, Artículo 898 “ Adicion de Plazo Posesorio” que dice “El poseedor puede adicionar a su plazo posesorio el de aquel que le trasmitió válidamente el bien”