Es el contrato por el cual el propietario podrá constituir sobre su propiedad, un derecho de usufructo a título gratuito u oneroso, en favor de un tercero denominado “Usufructuario”. Mediante el usufructo el tercero adquiere el derecho de usar y disfrutar del inmueble, correspondiéndole al propietario un derecho de propiedad disminuido en cuanto a estos atributos de la propiedad, es decir el propietario no podra usar ni disfrutar su bien , pero si podra disponer y gravar el mismo. POR EJEMPLO: Un padre quien es el propietario de una casa (tiene las facultades de usar , disfrutar, disponer y gravar ), puede darle en usufructo a uno de sus hijos este predio, entonces despúes de que el propietario da en usufructo el bien , ya solo puede disponer o gravar el bien (es decir vender , hipotecar el inmueble) , puesto que el hijo que es el usufructuario el ahora puede usar y disfrutar el mismo, es decir puede vivir en la casa y hasta alquilarla y percibir las rentas del alquiler, más nunca podra vender ni hipotecar la misma, ya que esas son facultades que mantiene el padre.
Requisitos para Elaborar la Escritura Pública de Usufructo de Inmueble
- Minuta autorizada por abogado y suscrita por ambas partes
- Copia de los DNIs de los contratantes, con la respectiva constancia de sufragio de los intervinientes.
- Copia literal actualizada de la partida registral del inmueble actualizada (CRI)
- Acreditar la bancarización del medio de pago utilizado si es que habrá una contraprestación por el usufructo (oneroso), para dejar constancia en la escritura pública.
- Declaración jurada de autoavalúo (impuesto predial del año), incluyendo el HR y el PU, así como los recibos de pago del impuesto de todo el año en que se efectúa el usufructo o la constancia de no adeudos respectiva.
- Verificación Biométrica de identidad de los solicitantes nacionales.
- Verificación de identidad con la base de datos de migraciones para los extranjeros
- En caso de actuar a través de apoderado, certificado de vigencia de poder actualizado expedido por SUNARP.
- Si uno de los comparecientes es persona jurídica, certificado de vigencia de poder actualizado expedido por SUNARP.
- Proporcionar el solicitante el Archivo digital en Microsoft Word de los documentos redactados y en PDF de los archivos a adjuntar bien nitidos , para agilizar la realización del trámite.
Base Legal
- Código Civil, Artículo 140, 1351, 1354 , 999, 1000 y siguientes
- Decreto Legislativo Nº 1049, Artículo 2 y 50