El levantamiento de hipoteca es el trámite que debe realizarse para cancelar el gravámen hipotecario inscrito en la partida registral del inmueble. Se formaliza en escritura pública y es un acto unilateral del acreedor hipotecario que debe inscribirse en Registros Públicos.
Requisitos para Elaborar el Levantamiento de Hipoteca
- Minuta autorizada por abogado y suscrita por el acreedor hipotecario, con intervención de su cónyuge, en caso ser casado. Opcionalmente, puede también firmar la minuta el deudor hipotecario.
- Copia de los DNIs de los contratantes, con la respectiva constancia de sufragio de los intervinientes.
- Copia literal actualizada de la partida registral del inmueble materia del levantamiento de hipoteca.
- Si conjuntamente con el levantamiento de la hipoteca se está efectuando el pago de un mutuo dinerario, adjuntar la bancarización del medio para insertar en la escritura pública
- Verificación Biométrica de identidad de los solicitantes nacionales.
- Verificación de identidad con la base de datos de migraciones para los extranjeros.
- En caso de actuar a través de apoderado, certificado de vigencia de poder actualizado expedido por SUNARP.
- Si es persona jurídica, certificado de vigencia de poder actualizado expedido por SUNARP.
- Proporcionar el solicitante el Archivo digital en Microsoft Word de los documentos redactados y en PDF de los archivos a adjuntar bien nitidos , para agilizar la realización del trámite.
Base Legal
- Código Civil, Artículo 1220 y 1097 y siguientes
- Decreto Legislativo Nº 1049, Artículo 2 y 50
- Ley Nº 26702, Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros
- Resolución Nº 097-2013-SUNARP/SN, Reglamento de Inscripciones del Registro de Predios de la SUNARP, publicada el 4 de mayo de 2013.