LEVANTAMIENTO DE HIPOTECA

El levantamiento de hipoteca es el trámite que debe realizarse para cancelar el gravámen hipotecario inscrito en la partida registral del inmueble. Se formaliza en escritura pública y es un acto unilateral del acreedor hipotecario que debe inscribirse en Registros Públicos.

Requisitos para Elaborar el Levantamiento de Hipoteca

  1. Minuta autorizada por abogado y suscrita por el acreedor hipotecario, con intervención de su cónyuge, en caso ser casado. Opcionalmente, puede también firmar la minuta el deudor hipotecario.
  2. Copia de los DNIs de los contratantes, con la respectiva constancia de sufragio de los intervinientes.
  3. Copia literal actualizada de la partida registral del inmueble materia del levantamiento de hipoteca.
  4. Si conjuntamente con el levantamiento de la hipoteca se está efectuando el pago de un mutuo dinerario, adjuntar la bancarización del medio para insertar en la escritura pública
  5. Verificación Biométrica de identidad de los solicitantes nacionales.
  6. Verificación de identidad con la base de datos de migraciones para los extranjeros.
  7. En caso de actuar a través de apoderado, certificado de vigencia de poder actualizado expedido por SUNARP.
  8. Si es persona jurídica, certificado de vigencia de poder actualizado expedido por SUNARP.
  9. Proporcionar el solicitante el Archivo digital en Microsoft Word de los documentos redactados y en PDF de los archivos a adjuntar bien nitidos ,  para agilizar la realización del trámite.

Base Legal

  1. Código Civil, Artículo 1220 y 1097 y siguientes
  2. Decreto Legislativo Nº 1049, Artículo 2 y 50
  3. Ley Nº 26702, Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros
  4. Resolución Nº 097-2013-SUNARP/SN, Reglamento de Inscripciones del Registro de Predios de la SUNARP, publicada el 4 de mayo de 2013.