DIVISIÓN Y PARTICIÓN DE INMUEBLE POR MUTUO ACUERDO

Por la partición permutan los copropietarios, cediendo cada uno el derecho que tiene sobre los bienes que no se le adjudiquen, a cambio del derecho que le ceden en los que se le adjudican. Los copropietarios están obligados a hacer partición cuando uno de ellos o el acreedor de cualquiera lo pida, salvo los casos de indivisión forzosa.La acción de partición es imprescriptible y ninguno de los copropietarios ni sus sucesores pueden adquirir por prescripción los bienes comunes.Los copropietarios pueden hacer partición por convenio unánime , es decir cuando estan de acuerdo la totalidad de los copropietarios del bien.

Requisitos para Elaborar la Escritura Pública de División y Partición

  1. Minuta autorizada por abogado y suscrita por los otorgantes
  2. Copia del DNI de los otorgantes,con la respectiva constancia de sufragio de los intervinientes.
  3. Título de Propiedad (testimonio de adquisición).
  4. Partida Registral actualizada del inmueble o CRI (Certificado Registral Inmobiliario) de Registros Públicos (en caso está inscrito).
  5. Memoria Descriptiva y Plano de Ubicación y Plano de División y partición del inmueble con firma legalizada del Arquitecto y/o Ingeniero Civil (Lotes no deberán ser menores a 70 m2).
  6. Pleno acuerdo de la totalidad de los copropietarios de como se dividirán el inmueble.
  7. Copia Literal de la Sucesión Intestada de Registros Públicos actualizada según sea el caso.
  8. Declaración jurada de autoavalúo (impuesto predial del año), incluyendo el HR y el PU, así como los recibos de pago del impuesto de todo el año en que se efectúa el acto o la constancia de no adeudos respectiva.

Base Legal

  1. Código Civil , Artículo 983, 984 y siguientes
  2. Reglamento del Registro de Predios aprobado por Resolución N° 097-2013-SUNARP/SN.