COMITÉ

El comité es la organización de personas naturales o jurídicas o de ambas dedicada a la recaudación pública de aportes destinados a una finalidad altruista.El acto constitutivo y el estatuto del comité pueden constar para su inscripción en el registro, en documento privado con legalización notarial de las firmas de los comitentes fundadores o por Escritura Pública.

Requisitos para constituir un Comité

  1. Copias del DNI de los comitentes fundadores y copia del DNI del representante legal
  2. Minuta original firmada por abogado , con su acta de constitución de comite
  3. Reserva de nombre Registral (ante SUNARP).
  4. Libro de Actas aperturado ante un Notario.
  5. Comparecencia del solicitante, portando su DNI o documento oficial de identidad extranjero.
  6. Verificación Biométrica de identidad del solicitante, para los nacionales.
  7. Verificación de identidad con la base de datos de migraciones par los extranjeros
  8. En caso de actuar a través de apoderado, certificado de vigencia de poder actualizado expedido por SUNARP
  9. Si uno de los comparecientes es persona jurídica, certificado de vigencia de poder actualizado expedido por SUNARP
  10. Proporcionar el solicitante el Archivo digital en Microsoft Word de los documentos redactados y en PDF de los archivos a adjuntar bien nitidos ,  para agilizar la realización del trámite.

Base Legal

  1. Código Civil, Artículos 111 al 123
  2. Reglamento de Inscripciones del Registro de Personas Jurídicas no societarias, aprobado por Resolución Nº 086-2009-SUNARP/SN.