Es una organización no lucrativa instituida mediante la afectación de uno o más bienes para la realización de objetivos de carácter religioso, asistencial, cultural u otros de interés social. La fundación se constituye mediante escritura pública, por una o varias personas naturales o jurídicas, indistintamente o por testamento.
Requisitos para realizar una Fundación
- Minuta original firmada por abogado y persona autorizada en el acta de fundación
- Copias del DNI del fundador y copia del DNI del administrador a designar
- Verificación Biométrica de identidad del solicitante, para los nacionales.
- Verificación de identidad con la base de datos de migraciones par los extranjeros
- En caso de actuar a través de apoderado, certificado de vigencia de poder actualizado expedido por SUNARP
- Partida Registral del Inmueble o vehículo actualizada con pagos de impuesto a la fecha, que vendrá a ser el bien a afectar a favor de la fundacion para el cumplimiento de sus fines
- Reserva de nombre Registral (ante SUNARP).
- Libro de Actas aperturado ante un Notario.
- Si uno de los comparecientes es persona jurídica, certificado de vigencia de poder actualizado expedido por SUNARP
- Acta de fundación
- Indicar los fines de la fundación, nombre de la fundación, domicilio,inicio, duración de la fundación, régimen económico, designación del administrador , y el patrimonio (Inmueble, vehículos o intangibles) que se va a afectar para transferir el dominio a favor de la fundación , para el cumplimiento de los fines de la fundación.
Base Legal
- Código Civil, Artículos 99 al 110
- Reglamento de Inscripciones del Registro de Personas Jurídicas no societarias, aprobado por Resolución Nº 086-2009-SUNARP/SN.