TESTAMENTOS

El testamento es la declaración unilateral, unipersonal y de ultima voluntad que efectúa una persona mediante la cual dispone de su patrimonio a su fallecimiento. El testamento es el acto jurídico mediante el cual una persona puede disponer de todos sus bienes o parte de ellos, para después de su muerte, y ordenar su propia sucesión. Es obligatoria la intervención de 2 testigos que no sean familiares del testador. Puede hacerse de dos maneras notarialmente:1) Testamento por Escritura Pública ; 2) Testamento Cerrado

Requisitos Generales para elaborar un Testamento

  1. Previa cita de 48 horas para coordinar la realización del Testamento
  2. Comparecencia directa del testador
  3. Dos Testigos, no familiares.
  4. Documento de identidad DNI, de la persona que deja el Testamento.
  5. Documento de identidad DNI, de los Testigos.
  6. Verificación Biométrica de identidad del testador y testigos.
  7. Verificación de identidad con la base de datos de migraciones para los extranjeros.
  8. Copia literal y/o testimonio de los inmuebles que pretenda disponer.

TENER EN CUENTA:

  1. Se debe tener en cuenta lo dispuesto en nuestra legislación civil respecto de los herederos forzosos; así como la posibilidad de nombrar tutor, curador, albacea, decidir la desheredación y la decisión sobre el tercio de libre disposición.

Base Legal

  1. Código Civil, Artículo 691 y siguientes
  2. Decreto Legislativo Nº 1049, Ley del Notariado
  3. Resolución Nº 156-2012-SUNARP/SN, Reglamento de Inscripciones de los Registros de Testamentos y de Sucesiones Intestadas