De confomidad con el Articulo 98 del Decreto Legislativo Nº 1049 , un acta extra protocolar , son documentos que el notario extiende donde consigna actos, hechos o circunstancias que presencie o que le conste y que no sean de competencia de otra función. Las actas podrán ser suscritas por los interesados y necesariamente por quien formule observación. Por lo tanto un notario puede certificar y dejar constancia que una persona se encuentra en posesión o conducción de un inmueble o bien mueble en un determinado momento, para lo cual se requerirá que el solicitante , demuestre documentación legítima que esta conduciendo el bien conforme a ley en base a un documento válidamente constituido.
Requisitos para realización de Acta de Constatación de Posesión de Inmueble
- Debe ser solicitada por la persona que tiene el bien en su poder.
- Presentar D.N.I., en caso de persona natural; y además de lo indicado vigencia de poder del representante legal o apoderado; o, copia certificada de la partida electrónica, de persona jurídica.
- Presentar de ser necesario el documento que avale la posesión o propiedad del bien.Documento fehaciente y de fecha cierta que acredite la posesión legitima emitida por autoridad sea municipal , notarial, policial, fiscal (constataciones) que viene poseyendo el bien anteriormente , o un contrato otorgado por un propietario registral. Autovaluos, impuesto predial, recibos de servicios de agua, luz, teléfono, internet, arbitrios, recibos de bancos y conexos, que acrediten la conducción y posesión del bien.
- Dos Testigos corroboradores mayores de 25 años (no familiares) que declaren de manera fehaciente y conozcan que el solicitante ha estado poseyendo el bien a constatar (opcional)
- Verificación Biométrica de identidad de los solicitantes nacionales.
- Proporcionar el solicitante el Archivo digital en Microsoft Word de los documentos redactados y en PDF de los archivos a adjuntar bien nitidos , para agilizar la realización del trámite.
Base Legal:
- Decreto Legislativo Nº 1049, Artículo 24 , 26 y 98