AUMENTO DE CAPITAL EN SOCIEDADES

El aumento de capital se acuerda por junta general cumpliendo los requisitos establecidos para la modificación del estatuto, consta en escritura pública y se inscribe en el Registro. El aumento de capital determina la creación de nuevas acciones o el incremento del valor nominal de las existentes. Algunas modalidades de aumento de capital són , realización de nuevos aportes, la capitalización de créditos contra la sociedad, incluyendo la conversión de obligaciones en acciones; la capitalización de utilidades, reservas.

Requisitos para realizar un Aumento de Capital en Sociedades

  1. Minuta autorizada por abogado y suscrita por la persona designada en el acuerdo de aumento de capital social.
  2. Copia del DNI del otorgante, con la respectiva constancia de sufragio de los intervinientes.
  3. Copia Certificada de la Partida Registral de la Sociedad actualizada
  4. Testimonio de Escritura Publica donde conste el Estatuto Social
  5. Libro Matrícula de Acciones (Opcional)
  6. Libro de Actas de juntas generales de la sociedad, en el cual conste el Acta de junta general de socios, donde se acuerde aumentar el capital y modificar parcialmente el estatuto, inserta en su libro de actas (original y fotocopia).
  7. Certificación del gerente general al final del acta donde certifica que las firmas de los socios que suscriben la mencionada acta, corresponde a cada uno de ellos, con firma legalizada del gerente general.
  8. Si los bienes aportados al capital social son bienes muebles, acompañar declaración jurada de recepción de bienes formulada por el gerente general e informe de valorización de cada uno de los bienes aportados.
  9. Si los bienes aportados al capital están constituidos por dinero en efectivo, acompañar el voucher o constancia de depósito del capital a nombre de la sociedad, en una entidad del sistema financiero.
  10. Al aportar bienes se adjuntan las copias literales de las partidas registrales.
  11. Si el aumento es por capitalización de créditos contra la sociedad o resultados de operaciones contables, se debe adjuntar constancia o voucher contable, en el que figure el aumento en la cuenta capital debidamente suscrito y sellado por contador público colegiado y la opinión favorable del directorio o gerente para la capitalización.
  12. Comparecencia del designado para suscribir la escritura pública portando su D.N.I. o documento oficial de identidad en caso de extranjeros.
  13. Verificación Biométrica de identidad de los solicitantes nacionales. • Verificación de identidad con la base de datos de migraciones para los extranjeros.
  14. En caso de actuar a través de apoderado, certificado de vigencia de poder actualizado expedido por SUNARP, dicho Certificado no podrá tener una antigüedad mayor a 30 días naturales.
  15. Si uno de los comparecientes es persona jurídica, certificado de vigencia de poder actualizado expedido por SUNARP.
  16. Proporcionar el solicitante el Archivo digital en Microsoft Word de los documentos redactados y en PDF de los archivos a adjuntar bien nitidos ,  para agilizar la realización del trámite.

Base Legal

  1. Ley Nº 26887, Ley General de Sociedades, Artículo 201 y siguientes.
  2. Resolución Nº 200-2001-SUNARP/SN, Reglamento Registro de Sociedades.