TRANSFORMACIÓN DE PERSONA JURÍDICA (SOCIEDAD)

La transformación de una empresa no representa la desaparición o extinción de la sociedad y la creación de una nueva, sino simplemente , es el cambio de su tipo o régimen social (forma societaria) y la naturaleza jurídica que tiene una sociedad u otra, con derechos y obligaciones diferentes según la sociedad de que se trate. La transformación no entraña cambio de la personalidad jurídica. EJEMPLO transformar una S.R.L. en una S.A.C.

Requisitos para la Transformación de una Persona Jurídica

  1. Copia del DNI de los otorgantes con la respectiva constancia de sufragio de los intervinientes.
  2. Minuta de transformacion firmada por abogado y firmada por la persona designada en el acuerdo de transformación, en la escritura se insertará el acuerdo adoptado por la junta debidamente asentado en el libro de actas, con los demás requisitos exigidos por la ley para la nueva forma societaria adoptada.
  3. Certificado de Vigencia de Poder del representante legal
  4. Verificación biométrica de la RENIEC en la notaría
  5. Libro de Actas de Juntas Legalizado , en el cual conste el acuerdo adoptado para la transformación
  6. Libro Matricula de Acciones legalizado de ser el caso
  7. Ficha Ruc (activo y habido)
  8. Copia literal actualizada de la partida registral de la sociedad
  9. Copia fotostática del testimonio de constitución y modificaciones, donde se encuentra el estatuto
  10. Balance general suscrito por contador público colegiado emitido un día antes de la escritura publica.
  11. Forma de aporte en el caso de inclusión de nuevos socios (certificado de depósito – informe de valorización – otros)
  12. Publicaciónes en Diarios: 3 veces con intervalo de 5 días. Original o copia certificada por notario de las publicaciones en los diarios , conforme al Artículo 38 del Reglamento del Registro de Sociedades, o la constancia de convocatoria en caso de las SAC, SRL y otras en la forma prevista por el artículo 76 del Reglamento del Registro de Sociedades, salvo que el acuerdo se haya adoptado en Junta Universal.

Base Legal

  1. Ley N° 26887, Ley General de Sociedades, Artículo 333 y siguientes
  2. Resolución N° 200-2001-SUNARP/SN, Reglamento del Registro de Sociedades, Art 117 a 123