AUTORIZACIÓN DE VIAJE DE MENOR

El acta de autorización de viaje de menores ,viene a ser un instrumento público extra-protocolar notarial por el cual los padres autorizan el viaje de su hijo menor de edad, dentro o fuera del territorio peruano.

Requisitos para elaborar la Autorización de Viaje de Menor

  • Autorización de Viaje al Interior del País:
  1. Partida de nacimiento original del menor actualizada
  2. Copia del DNI del menor
  3. Copia del DNI del padre solicitante
  4. Presencia personal de uno de los padres debidamente identificado al dia y con votaciones
  5. En el caso que uno de los padres otorgue la autorización en un notario de provincia, esta deberá estar legalizada, por el Decano del Colegio de Notarios.
  6. En el caso que uno de los padres haya fallecido, deberá presentar la Partida de Defunción original, actualizada a la fecha.
  7. En el caso que la madre sea la única declarante, deberá presentar la Partida de Nacimiento, actualizada y el DNI del menor.
  8. Requisitos adicionales en caso de viaje; 8.1.- Indicar Documento de Identidad, nombres y apellidos completos de la persona o personas que se harán responsables del menor durante el viaje o los datos de la aerolínea de transporte internacional a cuyo cargo corre la responsabilidad de su cuidado durante el traslado, si corresponde. 8.2.- Indicar Documento de Identidad, nombres y apellidos completos de la persona o personas que se harán responsables del menor durante la estadía fuera del territorio nacional.


  • Autorización de Viaje al Extranjero:
  1. Partida de nacimiento original del menor actualizada
  2. Copia del DNI del menor
  3. Presencia personal de ambos padres debidamente identificados al dia y con votaciones
  4. En el caso que uno de los padres esté en el extranjero, deberá presentar Poder otorgado ante el Consulado Peruano, debidamente legalizado por el Ministerio de Relaciones Exteriores e inscrito en el Registro de personas naturales de los Registros Públicos respectivo. En este caso adjuntar una vigencia expedida por SUNARP, actualizada.
  5. Requisitos adicionales en caso de viaje al exterior; 5.1.- Indicar Documento de Identidad, nombres y apellidos completos de la persona o personas que se harán responsables del menor durante el viaje o los datos de la aerolínea de transporte internacional a cuyo cargo corre la responsabilidad de su cuidado durante el traslado, si corresponde. 5.2.- Indicar Documento de Identidad, nombres y apellidos completos de la persona o personas que se harán responsables del menor durante la estadía fuera del territorio nacional.
  6. Las autorizaciones tendrán una vigencia de 90 días calendarios desde su expedición.
  7. Sólo se puede autorizar un viaje.
  8. Visación por el Colegio de Notarios o la Junta de Decanos de los Colegios de Notarios del Perú.
  9. Informar a la Dirección General de Migraciones del Ministerio del Interior.
  10. IMPORTANTE: La legalización o certificación de la autorización de viaje de menor, no es necesaria en todos los casos. Se lleva a legalizar el permiso o autorización de viaje, solo cuando el consulado del país de destino lo exija o requiera (Como es el consulado de España), si el consulado al país de destino no lo solicita, entonces, no es necesario la certificación del permiso de viaje. Por eso el solicitante debe averiguar si el pais de destino y de tránsitos de su viaje requerirán certificación o legalización del Ministerio de relaciones Exteriores, se recomienda siempre realizar la visación o certificación del Ministerio de Relaciones Exteriores para evitar contratiempos

Base Legal

  1. Código de los Niños y Adolescentes , Artículo 111
  2. Reglamento  de la Ley de Migraciones, aprobado por D.S. N° 007-2017-IN, Artículos 136 al 142
  3. Decreto Legislativo Nº 1049, Artículo 94, literal a)
  4. Decreto Legislativo 1310, Medidas de simplificación administrativa
  5. Decreto Legislativo Nº 1449, publicado el 16 de septiembre de 2018.