CONSTITUCIÓN DE SUCURSALES DE SOCIEDADES EXTRANJERAS

La sucursal viene a ser todo establecimiento secundario a través del cual una sociedad desarrolla, en lugar distinto a su domicilio, determinadas actividades comprendidas dentro de su objeto social.  La sucursal carece de personería jurídica independiente de su principal. Está dotada de representación legal permanente y goza de autonomía de gestión en el ámbito de las actividades que la principal le asigna, conforme a los poderes que otorga a sus representantes. La sucursal de sociedad extranjera es una extensión de la sociedad principal que existe en el extranjero para realizar operaciones comerciales en el Perú, debe tener un patrimonio y un representante legal con facultades legales.

Requisitos para Constitución de Sucursales de Sociedades Extranjeras

  1. Minuta autorizada por abogado y suscrita por el representante legal permanente en el país
  2. Copia simple del Documento de Identidad del otorgante, con constancia de sufragio.
  3. Certificado de vigencia de la sociedad principal en su país de origen con la constancia de que su pacto social ni su estatuto le impiden establecer sucursales en el extranjero;
  4. Copia del pacto social y del estatuto o de los instrumentos equivalentes en el país de origen;
  5. Acuerdo de establecer la sucursal en el Perú, indicando capital asignado, que sus actividades están comprendidas dentro de su objeto social; lugar del domicilio de la sucursal; designación de un representante legal permanente en el país; poderes que le confiere; sometimiento a las leyes del Perú para responder por las obligaciones que contraiga la sucursal en el país.
  6. Comparecencia del designado para suscribir la escritura pública portando su D.N.I. o documento oficial de identidad en caso de extranjeros.
  7. Verificación Biométrica de identidad de los solicitantes nacionales.
  8. Verificación de identidad con la base de datos de migraciones para los extranjeros.
  9. En caso de actuar a través de apoderado, certificado de vigencia de poder actualizado expedido por SUNARP
  10. Proporcionar el solicitante el Archivo digital en Microsoft Word de los documentos redactados y en PDF de los archivos a adjuntar bien nitidos ,  para agilizar la realización del trámite.

Base Legal

  1. Ley Nº 26887, Ley General de Sociedades, Artículo 396
  2. Resolución Nº 200-2001-SUNARP/SN, Reglamento del Registro de Sociedades