Por el contrato de obra el contratista se obliga a hacer una obra determinada y el comitente a pagarle una retribución por los servicios para la construcción de la obra realizada. El contratista no puede subcontratar íntegramente la realización de la obra, salvo autorización escrita del comitente. El comitente entrega y proporciona los materiales necesarios para la ejecución de la obra salvo pacto en contrario. El contratista esta obligado a hacer la obra en la forma y plazos convenidos en el contrato, a dar inmediato aviso al comitente de los defectos del suelo o de la mala calidad de los materiales proporcionados por éste, si se descubren antes o en el curso de la obra y pueden comprometer su ejecución regular. Las partes del contrato de obra són el contratista, quien se obliga a hacer una obra determinada y por el otro lado tenemos al comitente, quien queda obligado a pagarle una retribución por la obra realizada. TENER EN CUENTA, este contrato no es inscribible , por lo general se hace este tipo de contratos por documento privado con firmas legalizadas notarialmente, o documento con firmas simples, sin embargo por autonomia de la voluntad privada de los contratantes, estos pueden decidir hacer el contrato de obra por escritura pública, debido a la onerosidad (bastante dinero) o por la transcedencia de la obra a realizar, para de esa manera tener mayor seguridad jurídica en cuanto a los derechos y obligaciones acordados entre las partes.
Requisitos para Elaborar la Escritura Pública de Contrato de Obra
- Minuta autorizada por abogado y suscrita por ambas partes
- Copia de los DNIs de los contratantes, con la respectiva constancia de sufragio de los intervinientes.
- Copia literal actualizada de la partida registral del inmueble actualizada (CRI)
- Acreditar la bancarización del medio de pago utilizado si es que habrá una contraprestación por la Obra (oneroso), para dejar constancia en la escritura pública.
- Declaración jurada de autoavalúo (impuesto predial del año), incluyendo el HR y el PU, así como los recibos de pago del impuesto de todo el año en que se efectúa la obra o la constancia de no adeudos respectiva.
- Planos perimétricos bien detallados con coordenadas que permitan individualizar e identificiar el área que será materia de superficie (subsuelo y sobresuelo) con detalle de las construcciones que se realizarán, y que debe estar firmado por un arquitecto o ingeniero civil colegiado, para su inserto en la escritura pública de superficie.
- Verificación Biométrica de identidad de los solicitantes nacionales.
- Verificación de identidad con la base de datos de migraciones para los extranjeros
- En caso de actuar a través de apoderado, certificado de vigencia de poder actualizado expedido por SUNARP.
- Si uno de los comparecientes es persona jurídica, certificado de vigencia de poder actualizado expedido por SUNARP.
- Proporcionar el solicitante el Archivo digital en Microsoft Word de los documentos redactados y en PDF de los archivos a adjuntar bien nitidos , para agilizar la realización del trámite.
Base Legal
- Código Civil, Artículo 1771 al 1789