DACIÓN EN PAGO

La dación en pago es la acción de entregar un bien , para pagar o extinguir una deuda u obligación pendiente de cancelación debidamente reconocida con fecha cierta, el deudor realiza este pago con una prestación distinta a la pactada , entregando el deudor un bien distinto al acreedor quien la acepta en sustitución de la deuda y se cancela la obligación.La dación en pago puede realizarse por testamento o por actos entre vivos de forma escrita. EJEMPLO DE DACIÓN EN PAGO , una persona recibe en préstamo dinero por una suma específica y tiene que pagar el capital más lo intereses generados en un plazo, pero llegado el momento el deudor no tiene el efectivo o el dinero para pagar el monto que se le ha prestado , pero si tiene un vehículo o un predio que vale lo mismo que lo que adeuda al acreedor, por lo tanto transfiere la propiedad del vehículo o inmueble para cancelar la deuda dineraria que adeudaba, en consecuencia la dación en pago es extinguir una deuda de una manera distinta a la pactada por acuerdo de las partes.

Requisitos para realizar una Dación en Pago

  1. Minuta suscrita por los otorgantes, con autorización del abogado.
  2. Original y copia del DNI vigente con la respectiva constancia de sufragio de los intervinientes.
  3. En caso de actuar a través de apoderado, certificado de vigencia de poder actualizado expedido por SUNARP
  4. Partida Registral actualizada del bien o CRI Certificado Registral Inmobiliario (Partida Registral de Inmueble)
  5. Hoja de resumen HR y predial urbano PU del año en ejercicio.
  6. Impuesto predial de todo el año en curso cancelado, correspondiente al inmueble que se da en dacion en pago o Boleta informativa actualizada en caso de ser vehículo más el pago actualizado del impuesto vehicular.
  7. Verificación biométrica de los otorgantes en la Notaría.
  8. Pago de Impuesto a Alcabala, excepto supuestos de exoneración (10 UIT) o inafectación.

Base Legal

  1. Código Civil, Artículo 1205 y siguientes
  2. Código Civil, Artículo 1265 y 1266