La donación es la transferencia de un bien a título gratuito, para la transferencia de este bien se debe valorizar el mismo e indicar si la transferencia se debe satisfacer cargas. La valorización que se usa para la donación, es el monto que figura en el autovaluo o predial.
Requisitos para Elaborar la Escritura Pública de Donación de Inmueble
- Minuta autorizada por abogado y suscrita por ambas partes, con intervención de los cónyuges, en caso de ser casados.
- Copia de los DNIs de los contratantes con la respectiva constancia de sufragio de los intervinientes.
- Copia literal actualizada de la partida registral del inmueble materia de la donación.
- Declaración jurada de autoavalúo (impuesto predial del año de la transferencia), incluyendo el HR y el PU, así como los recibos de pago del impuesto de todo el año en que se efectúa la transferencia o la constancia de no adeudos respectiva.
- El pago de Impuesto de Alcabala, siempre se paga sobre el monto de valorización del bien de acuerdo al autovaluo municipal , no se paga alcabalá unicamente si el bien esta valorizado en menos de 10 U.I.T. según autovaluo municipal.
- Comparecencia personal de los titulares registrales donantes y donatarios, portando sus D.N.Is. o documentos oficiales de identidad en caso de extranjeros.
- Verificación Biométrica de identidad de los solicitantes nacionales.
- Verificación de identidad con la base de datos de migraciones para los extranjeros.
- En caso de actuar a través de apoderado, certificado de vigencia de poder actualizado expedido por SUNARP.
- Si uno de los comparecientes es persona jurídica, certificado de vigencia de poder actualizado expedido por SUNARP.
- Proporcionar el solicitante el Archivo digital en Microsoft Word de los documentos redactados y en PDF de los archivos a adjuntar bien nitidos , para agilizar la realización del trámite.
Base Legal
- Decreto Legislativo Nº 1049, Artículo 2 y 50.
- Código Civil, Artículo 140, 1351, 1621 al 1647
- Directiva de SUNARP.