Procedimiento de Inventario

El inventario es el trámite notarial , con la finalidad de obtener una relación detallada de bienes que pueden estar ubicados en el lugar que indique el solicitante. Excepcionalmente cualquier notario de cualquiera de los lugares donde se encuentran los bienes asume competencia para realizar el inventario de los bienes. Es un acto que tiene por objeto realizar actos de conservación de los bienes , para individualizarlos con fines sucesorios, división o gananciales

Requisitos para la realización de un Inventario Notarial

  1. Presentar solicitud autorizada por abogado, indicando nombre y colegiatura, e indicar detalladamente donde está los bienes y el lugar donde se encuentran exactamente
  2. Copia del Documento Nacional de identidad del solicitante, con constancia de sufragio.
  3. Documento que acredite la propiedad o posesión o existencia de los bienes a inventariar.
  4. Comparecencia directa del solicitante al despacho notarial  
  5. Verificación Biométrica de identidad al solicitante nacional.
  6. Verificación de identidad con la base de datos de migraciones para los extranjeros.
  7. En caso de actuar a través de apoderado, certificado de vigencia de poder actualizado expedido por SUNARP
  8. Proporcionar el solicitante también el Archivo digital en Microsoft Word de los documentos redactados y en PDF de los archivos a adjuntar bien nitidos ,  para agilizar la realización del trámite.

Trámite de un Inventario Notarial

  1. Recibida la solicitud, el notario señala fecha y hora para la realización del inventario, dejando constancia de la misma en el acta respectiva.
  2. El notario asentará la correspondiente acta extraprotocolar, describiendo ordenadamente los bienes que se encuentren en el lugar, su estado y características, sin calificar la propiedad ni la situación jurídica. El acta será suscrita por el notario y los interesados que concurran y si alguno de ellos se rehusára a firmar, se dejará constancia de tal hecho.
  3. Terminada la diligencia de inventario el notario procederá a protocolizar lo actuado.
  4. Cualquier interesado puede solicitar al notario que se incluya en el inventario bienes no señalados en la solicitud inicial, acreditándolo con el título respectivo. Esta solicitud puede presentarse hasta el momento en que se realiza la diligencia de inventario.

Base Legal:

  1. Ley Nº 26662, Ley de Competencia Notarial en Asuntos No Contenciosos.
  2. Decreto Legislativo Nº 1049, Ley del Notariado