REDUCCIÓN DE CAPITAL EN SOCIEDADES

La reducción de capital debe acordarse en acuerdo de junta general con mayoría calificada, cumpliendo con los requisitos establecidos para la modificación del estatuto, consta en escritura pública y se inscribe en el Registro. La reducción del capital determina la amortización de acciones emitidas o la disminución del valor nominal de ellas. Algunas modalidades de reducción de capital són , la entrega a sus titulares del valor nominal amortizado, la condonación de dividendos pasivos y el reestablecimiento del equilibrio entre el capital social y el patrimonio neto disminuidos por consecuencia de pérdidas.

Requisitos para realizar la Reducción de Capital en Sociedades

  1. Minuta autorizada por abogado y suscrita por la persona designada en el acuerdo de reducción de capital.
  2. Copia del DNI del otorgante, con la respectiva constancia de sufragio de los intervinientes.
  3. Libro de Actas de junta general de la sociedad.
  4. Copia Certificada de la Partida Registral de la Sociedad actualizada
  5. Testimonio de Escritura Publica donde conste el Estatuto Social
  6. Libro Matrícula de Acciones (Opcional)
  7. Acta de junta general de socios, donde se acuerde reducir el capital y modificar parcialmente el estatuto, inserta en su libro de actas (original y fotocopia).
  8. Certificación del gerente general al final del acta donde certifica que las firmas de los socios que suscriben la mencionada acta, corresponde a cada uno de ellos, con firma legalizada del gerente general.
  9. 03 Publicaciones en el diario el peruano y otro de mayor circulación del domicilio
  10. Declaración Jurada del gerente general de que la sociedad no ha sido emplazada judicialmente por los acreedores, oponiéndose a la reducción, esta debe estar con firma legalizada.
  11. Verificación Biométrica de identidad del solicitante nacional.
  12. Verificación de identidad con la base de datos de migraciones para los extranjeros.
  13. En caso de actuar a través de apoderado, certificado de vigencia de poder actualizado expedido por SUNARP, dicho Certificado no podrá tener una antigüedad mayor a 30 días naturales.
  14. Proporcionar el solicitante el Archivo digital en Microsoft Word de los documentos redactados y en PDF de los archivos a adjuntar bien nitidos ,  para agilizar la realización del trámite.

Base Legal

  1. Ley Nº 26887, Ley General de Sociedades, Artículo 215 y siguientes.
  2. Resolución Nº 200-2001-SUNARP/SN, Reglamento de Sociedades.